Saltar al contenido

Datos verificados

Cifras del RD 933/2021 y de las tasas turísticas autonómicas, contrastadas contra el BOE y fuentes oficiales. Última verificación: 2026-07-29.

RD 933/2021 — COMUNICACIÓN DE VIAJEROS

Plazo de comunicación

24 horas máximo

Contadas desde dos momentos distintos e independientes: la reserva o formalización del contrato (y su anulación), y el inicio de los servicios contratados.

Fuente: RD 933/2021, artículo 6.3

Sanción por incumplimiento

601 € a 30.000 €

El RD 933/2021 no fija importe propio (artículo 8.1): remite al régimen sancionador de la Ley Orgánica 4/2015 de Seguridad Ciudadana. La omisión es infracción grave.

Fuente: Ley Orgánica 4/2015, artículos 36.20 y 39.1

Conservación de los datos

3 años

Desde la finalización del servicio contratado. No es un mínimo orientativo.

Fuente: RD 933/2021, artículo 5.3

A quién obliga

Todo alojamiento turístico

Hoteles, hostales, pensiones, campings, casas rurales, viviendas de uso turístico y albergues, además de los operadores que intermedian en el alquiler.

Fuente: RD 933/2021

TASAS TURÍSTICAS VIGENTES

Cataluña

9,50€/persona/noche en Barcelona ciudad (4,50€ IEET + 5€ recargo municipal), 1,75€ en el resto — máximo 7 noches por estancia.

Fuente: Agència Tributària de Catalunya

Illes Balears

Vivienda vacacional (1-3 llaves): 2€/persona/noche en temporada alta (1 mayo-31 octubre), 1,50€ en temporada baja — con IVA del 10%. A partir de la 9ª noche, mitad de precio.

Fuente: Illes Sostenibles (Govern de les Illes Balears)

Galicia

Vivienda de uso turístico: 2€/persona/noche. Solo en los municipios que la han aprobado — máximo 5 noches por estancia.

Fuente: Concellos de Santiago de Compostela y A Coruña

TASAS TURÍSTICAS APROBADAS, AÚN NO VIGENTES

País Vasco

desde 2027-01-01

Entra en vigor el 1 de enero de 2027. Vivienda turística: 6,50€/persona/noche en Bilbao y Donostia, 4,50€ en Vitoria-Gasteiz — máximo 6 noches.

Fuente: Ordenanzas fiscales municipales 2027 (Bilbao, Donostia, Vitoria-Gasteiz)